
El Juez José Manuel Gonzales López, titular del 32º Juzgado Civil de Lima, declaró inadmisible la demanda por nulidad de acto jurídico que presentó Ruben Gavino a favor de Julio Pacheco Torres con lo que se reafirma la validez de los acuerdos tomados por la Asamblea General Extraordinaria del pasado 10.01.12 y con ello simplemente se consolida Edmundo Guinea como Presidente de la Junta Directiva al asumir el cargo por vacancia del anterior titular.
Con esto se suma un nuevo elemento que ampara la legalidad de los acuerdos de los Socios, ya que incluso el Ministerio del Interior resolvió dejar sin efecto las garantías posesorias y personales que otorgó en forma irregular -por decir lo menos- la Gobernación de Ate y le enmendó enérgicamente la plana y con lo decidido por la FPF en el sentido que no reconocerá a directiva que no cuenten con la debida inscripción en Registros Públicos lo que Pacheco no ostenta ya que fue TACHADO el pasado 29.12.11 y quienes mantienen la vigencia de poderes son los integrantes de la Junta Transitoria.
A continuación el reporte del Poder Judicial respecto al Expediente No. 01325-2012-0-1801-JR-CI-32:
Poder Judicial del Perú
Consulta en Línea
Fecha: Jan 31, 2012
Hora: 11:01:03 AM
Reporte de Expediente
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| Expediente N° : 01325-2012-0-1801-JR-CI-32 |
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| Instancia |
:32° JUZGADO CIVIL |
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Distrito Judicial |
:LIMA |
| Juez |
:GONZALES LOPEZ, JOSE MANUEL |
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Especialista Legal |
:ROALCABA TAVARA, MILTON |
| Fecha de Inicio |
:20/01/2012 16:57 |
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| Observación |
:ADJ. DDA Y ANEXOS CONFORME SE INDICA |
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Proceso |
:CONOCIMIENTO |
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Sumilla :DEMANDA |
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| Materia(s) |
:NULIDAD DE ACTO JURIDICO |
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Estado |
:EN CALIFICACION |
| Etapa Procesal |
:GENERAL |
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Fecha Conclusión |
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| Ubicación |
:ARCHIVO MODULAR |
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| Motivo Conclusión |
:——- |
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Partes Procesales… |
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| DEMANDADO: NATURAL CUROTTO BOTTO, HUGO ROBERTO |
| DEMANDADO: NATURAL GUINEA FERNANDEZ, EDUARDO |
| DEMANDADO: NATURAL GUINEA LOYER, JOSE EDMUNDO |
| DEMANDADO: NATURAL VIVANCO TELLO, PEDRO LADISLAO |
| DEMANDANTE: NATURAL GAVINO SANCHEZ, RUBEN SANTIAGO |
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Seguimiento del Expediente |
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| 30/01/2012 00:00 |
AUTO INADMISIBLE |
UNO
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Fojas: 14 |
| Pta. Cedula Not. |
Sumilla: INADMISIBLE CONCEDASE TRES DIAS |
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DESCARGADO POR: FELIPA FELIPA, ROXANA |
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| NOTIFICACION 2012-0072890-JR-CI |
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Destinatario:
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GAVINO SANCHEZ RUBEN SANTIAGO |
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Anexos:
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COPIA DE RES 1 |
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Días en Juzgado
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Días en Central de Notificación
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Resolución de fecha:
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Notificación Impresa el:
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Enviada a la central de Notificación o Casilla Electrónica el:
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Recepcionada en la Central de Notificación el:
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Notificación al destinatario el:
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Cargo devuelto al juzgado el:
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30/01/2012
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30/01/2012
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30/01/2012
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30/01/2012
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días*(0)
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días*(0)
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días*(0)
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* Días calendario desde Resolución de Fecha
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LA JUSTICIA TARDA PERO SIEMPRE LLEGA Y BIEN TARDE QUE TEMPRANO SIEMPRE SE IMPONPONE. SOLO LE PEDIMOS A ESTA JUNTA DIRECTIVA RATIFICADA POR LA ASAMBLEA DE SOCIOS DE LA “U” QUE TRABAJEN CON HONESTIDAD Y DEDICACION, SUERTE Y QUE DIOS LE AYUDE EN SU GESTION POR EL BIEN DE TODO EL PUEBLO CREMA.
Señores de la Junta Directiva: Como hincha solo les pido que cumplan lo prometido (el dinero que permita la participación en el Torneo 2012 y lo más importante: que se convoque a nuevas elecciones en un tiempo prudencial).
PACHECO SIGUE DEMOSTRANDO SU INCAPACIDAD Y QUE SUS LLAMADOS ASESORES DEMUESTRAN IGNORANCIA FALTA DE CONOCIMIRNTO,EN LO QUE RESPECTA A DOCUMENTOS DE PROCESOS JUDICIALES.CON ESO Y TODOS LOS DESCALABROS EN TODA SU GESTION DEBERIA NO CONTINUAR Y DAR UN PASO AL COSTADO ,OJALA QUE SEA ASI SERIA UNA DE LAS MEJORES,MARAVILLOSAS Y EXPECTACULARES GESTION ….CHEMO TAMBIEN DEBE ENFRENTAR Y NO OCULTARCE TRAS LOS JUGADORES QUE DICEN RESPALDARLO,A MUERTE .ME RECUERDA A RABANAL QUE DIJO LO MISMO CUANDO SE FUE A DESPEDIRCE COMO LO REGRESARON SE FUE A ALIANZA…CHEMO SEGUIRA ASI ANTIPATICO CON LA HINCHADA, LA PRENSA TAMBIEN DEBE PONER SU CARGO A DISPOSICION…..CHAUUUUUUUUUUUU
el hecho que a la demanda lo hayan declarado inadmisible no quiere decir que la hayan rechazado, solo que subsane esos defectos y luego la admitiran a tramite, caray hay que informarce bien sobre el tema señores y dejen de lanzar noticias sin saber lo que significar los terminos juridicos.
Nos ratificamos en lo que hemos indicado. El ¨Juez ha rechazado la Admisión¨, no hemos dicho que ha sido declarada IMPROCEDENTE. Lo real y cierto es que el 32 Juzgado Civil ha RECHAZADA la admisión de la demanda y como lo decimos tiene 11 observaciones. De todos modos demuestran que no saben que es lo que están pidiendo como pide el propio juzgado al solicitar las aclaraciones. Agradecemos sus comentarios.